Esta clase comprende las actividades, a corto o largo plazo, de los hospitales generales y especializados médicos, quirúrgicos, psiquiátricos y de abuso de sustancias, los sanatorios, centros de medicina preventiva, hospitales para ancianos, asilos, hospitales psiquiátricos, centros de rehabilitación, lazaretos y otras instituciones sanitarias que provean alojamiento y que facilitan tratamientos diagnóstico y médico a los pacientes internos con una amplia variedad de enfermedades. Comprende también las consultas y tratamientos realizados por médicos de medicina general y especialistas y cirujanos. Comprende las actividades odontológicas de naturaleza general o especializada, y las actividades de ortodoncia. Además, esta división comprende las actividades relacionadas con la salud humana no realizadas en hospitales o por doctores en medicina en ejercicio, sino por otro personal sanitario legalmente habilitado para tratar a pacientes.
Esta clase comprende:
-las actividades a corto y a largo plazo de los hospitales, es decir, las actividades médicas, de
diagnóstico y tratamiento de los hospitales generales (por ejemplo, hospitales regionales y
municipales, hospitales de organizaciones sin fines de lucro, hospitales universitarios, hospitales de
bases militares y prisiones) y de los hospitales especializados (por ejemplo, hospitales psiquiátricos
y de abuso de sustancias, hospitales para enfermedades infecciosas, maternidades, sanatorios
especializados). Las actividades, que consisten principalmente en la atención de pacientes internos,
se realizan bajo la supervisión directa de médicos, y comprenden:
•los servicios de personal médico y auxiliar;
•los servicios de laboratorios e instalaciones técnicas, incluso servicios de radiología y
anestesiología
;
•los servicios de urgencia
;
•la prestación de servicios de quirófano, servicios de farmacia, servicios de comedor y otros
servicios hospitalarios, y
•los servicios de los centros de planificación familiar que ofrecen tratamientos médicos como la
esterilización o el aborto, con alojamiento.
Esta clase no comprende:
-los análisis de laboratorio y la inspección de todo tipo de materiales y productos, excepto los
médicos (véase 71.20);
-los servicios veterinarios (véase 75.00)
;
-la asistencia sanitaria al personal militar en campaña (véase 84.22)
;
-las actividades de atención odontológica, de naturaleza general o especializada, por ejemplo,
endodoncia y odontología pediátrica; las patologías bucales y las actividades de ortodoncia (véase
86.23);
-la asistencia privada a los pacientes internos (véase 86.2);
-análisis médicos (véase 86.90), y
-el transporte por ambulancia (véase 86.90).
Este grupo com prende las actividades de consulta y tratamiento realizadas por médicos de medicina general y especializada, incluidos los cirujanos, los dentistas, etc.
Las actividades pueden realizarse en consultorios privados, consultorios de grupos médicos y
ambulatorios hospitalarios, y en clínicas de empresas, escuelas, hogares de ancianos, organizaciones
sindicales y asociaciones profesionales, así como en el domicilio de los pacientes.
Este grupo comprende también:
- la asistencia privada a los pacientes internos.
Esta clase comprende:
-las consultas y tratamientos realizados por médicos de medicina general.
Esta clase no comprende:
-la atención de pacientes internos en hospitales (véase 86.10), y
-las actividades sanitarias realizadas por personal auxiliar como comadronas, enfermeras y
fisioterapeutas (véase 86.90).
Esta clase comprende:
-las consultas y tratamientos realizados por especialistas y cirujanos en el campo de la medicina
especializada.
Esta clase comprende también:
-los servicios de los centros de planificación familiar que ofrecen tratamientos médicos como la
esterilización o el aborto, sin alojamiento.
Esta clase no comprende:
-la atención de pacientes internos en hospitales (véase 86.10), y
-las actividades de las comadronas, los fisioterapeutas y personal auxiliar (véase 86.90).
Esta clase comprende:
-las actividades de odontología, de naturaleza general o especializada, por ejemplo, endodoncia y
odontología pediátrica; las patologías bucales, y
-las actividades de ortodoncia.
Esta clase comprende también:
-la asistencia odontológica en salas de operaciones.
Esta clase no comprende:
-la producción por laboratorios dentales de piezas dentales, dentaduras y prótesis (véase 32.50)
- la atención de pacientes internos en hospitales (véase 86.10), y
-las actividades realizadas por personal auxiliar de odontología como los higienistas dentales
(véase 86.90).
Esta clase comprende:
-las actividades relacionadas con la salud humana no realizadas en hospitales o por doctores en
medicina u odontólogos:
•actividades de enfermeras, comadronas, fisioterapeutas u otros facultativos en el ámbito de la
optometría, hidroterapia, masaje, ergoterapia, logoterapia, podología, homeopatía, quiropráctica,
acupuntura, etc.
Estas actividades pueden realizarse en clínicas como las de empresas, colegios, asilos de ancianos, organizaciones sindicales y hermandades laborales, en establecimientos sanitarios residenciales distintos de los hospitales, en consultas privadas, en el domicilio del paciente u otros lugares.
Esta clase comprende también:
-las actividades realizadas por personal auxiliar de odontología como los higienistas dentales, que
pueden no ejercer su trabajo en el mismo lugar que el odontólogo, pero se someten a la supervisión
periódica de éste;
-las actividades de los laboratorios médicos, como:
•laboratorios de rayos X y otros centros de diagnóstico por la imagen, y
•laboratorios para análisis de sangre.
-las actividades de bancos de sangre, bancos de esperma y de órganos para trasplante, etc, y
-el transporte en ambulancia en cualquier medio de transporte, incluido el avión.
Estos servicios
suelen prestarse durante una urgencia médica.
Esta clase no comprende:
-la producción por laboratorios dentales de piezas dentales, dentaduras y prótesis (véase 32.50);
-el traslado de pacientes, sin equipos de urgencia ni personal médico (véanse las divisiones 49, 50 y
51);
-los análisis de laboratorio no médicos (véase 71.20);
-los ensayos bromatológicos (véase 71.20);
-la atención de pacientes en hospitales (véase 86.10);
-las actividades de médicos y odontólogos (véase 86.2), y
-a asistencia en establecimientos residenciales con cuidados de enfermería (véase 87.10).