Esta división comprende la prestación de diversos servicios sociales directamente a los clientes. Las actividades de esta división no comprenden los servicios de alojamiento, excepto con carácter temporal.
Esta clase comprende:
-las actividades sociales, de asesoramiento, bienestar social, orientación y otras similares que
prestan a ancianos o a personas discapacitadas en su domicilio o en otros lugares ciertos organismos
oficiales u organizaciones privadas, organizaciones de ayuda de tipo nacional o local, así como los
especialistas que prestan servicios de consejo y orientación:
• visitas a los ancianos o personas discapacitadas;
•actividades de atención diurna para ancianos o adultos discapacitados, y
•la rehabilitación y capacitación de personas discapacitadas, siempre que la docencia no constituya
un ingrediente fundamental.
Esta clase no comprende:
- la financiación y administración de los programas de seguridad social obligatoria (véase 84.30);
- las actividades similares a las descritas en esta clase pero con alojamiento incluido (véase 87.30), y
- las actividades de cuidado diurno de niños discapacitados (véase 88.91).
Esta clase comprende también:
- las actividades de las guarderías diurnas para alumnos, incluyendo el cuidado diurno de niños
discapacitados
Esta clase comprende:
- las actividades sociales, de asesoramiento, bienestar social, asilo, orientación y otras similares, que
prestan a individuos o familias en su domicilio o en otros lugares ciertos organismos oficiales u
organizaciones privadas, organizaciones de auxilio en caso de catástrofes y organizaciones de ayuda
de tipo nacional o local, así como los especialistas que prestan servicios de consejo y orientación:
•las actividades de asistencia social y orientación de niños y adolescentes;
•los servicios de adopción y prevención de malos tratos a la infancia
•el asesoramiento sobre el presupuesto familiar, orientación familiar y matrimonial;
• las actividades de ayuda a la comunidad o al vecindario;
•la prestación de auxilio a víctimas de catástrofes, refugiados, emigrantes, etc. incluido su albergue
temporal o prolongado;
•la rehabilitación y capacitación de personas desempleadas, siempre que la docencia no constituya
un ingrediente fundamental;
•la determinación de las personas con derecho a recibir asistencia social, ayudas para el alquiler de
viviendas o cupones para comprar alimentos;
•los centros de día para los desamparados y otros grupos socialmente desfavorecidos, y
•las actividades benéficas como la recaudación de fondos u otras actividades de apoyo a los
servicios sociales.
Esta clase no comprende:
-financiación y administración de los programas de seguridad social obligatoria (véase 84.30), y
-las actividades similares a las descritas en esta clase pero con alojamiento incluido (véase 87.90).